Dejar de pagar una deuda trae consigo implicaciones negativas: principalmente, no cumplir con tus obligaciones genera un historial poco atractivo para las instituciones, lo que cierra la puerta para futuros préstamos. Entonces ¿Cuánto dura una deuda en DataCredito?
Es importante que sepas que no pagar un crédito, genera una mancha que no se borra de manera inmediata en las centrales de riesgo como DataCrédito. Incluso, si llegaras a liquidar el saldo vencido, es una mala nota con la que tendrás que vivir algún tiempo.
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De acuerdo con la Ley de Habeas Data, si una persona tuvo una mora inferior a dos años el tiempo que debe durar en las centrales de riesgo debe ser el doble de tiempo o menos; en el caso de que la mora haya pasado el límite de dos años, la persona podrá permanecer reportada hasta cuatro años como máximo. Además, no existe un monto mínimo para ser reportado en las centrales de riesgo. Una persona puede ingresar a la base de datos con reportes negativos por deber $500 pesos en adelante.
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Así, si la persona desea solicitar un nuevo financiamiento en ese tiempo, corre el riesgo de ser rechazado. Pues, ante la mala nota observada en el historial, los bancos podrían decidir no otorgar el producto solicitado al verificar que es un cliente con problemas al momento de liquidar una deuda.
Cabe resaltar que ninguna compañía financiera puede generar el reporte sin anteriormente haber informado de la situación al deudor.
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Por otro lado, la Ley 1266 de 2008 establece que en el caso de información positiva, es decir, en donde se dé cuenta que la persona ha cumplido con sus obligaciones, el registro quedará de manera permanente.
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Con esta iniciativa que ya fue aprobada por el Congreso y sólo falta el visto bueno de la Corte Constitucional para decretarse, se busca dar una oportunidad a los deudores con reporte negativo en las centrales de riesgo. Entre otras cosas, la ley permitirá borrar el historial y comenzar de cero, siempre y cuando los interesados se pongan al corriente con sus deudas. Se estima que la ley podría beneficiar a 8 millones de colombianos.
Cabe destacar que al ser una propuesta de modificación a la Ley Estatutaria de Habeas Data, debe ser avalada por la Corte Constitucional. Una vez que cuenta con la aprobación en esta instancia, deberá ser remitida al Poder Ejecutivo, en donde el Presidente de la República podrá sancionar la ley, o en su caso, ejercer la facultad de interponer objeción y regresarla al legislativo.
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